El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), de conformidad con los artículos 2, fracción I, y 12, fracciones IX y XVII, de la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT) y con fundamento en lo dispuesto en los Lineamientos del Programa Presupuestario F003 “Programas Nacionales Estratégicos de Ciencia, Tecnología y Vinculación con los Sectores Social, Público y Privado” (Lineamientos del Programa Presupuestario – F003).